Sancionada autora de hurto de rocephin en hospital villaclareño

El tribunal municipal de Santa Clara en juicio sumario la condenó a diez meses de privación de libertad, subsidiada con trabajo correccional con internamiento.

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Rocephin
(Foto: tomada de Internet)
Narciso Fernández Ramí­rez
Narciso Fernández Ramí­rez
@narfernandez
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30 Agosto 2021

En momentos en que la COVID-19 causa más dolor y muerte en Cuba y los medicamentos escasean, todo acto que vaya en perjuicio de la salud del pueblo constituye casi un crimen de lesa humanidad.

Por ello, el Tribunal Municipal de Santa Clara en juicio sumario sancionó a diez meses de privación de libertad con internamiento a una ciudadana de 44 años de edad, sin antecedentes penales, que se desempeñaba como auxiliar de limpieza en el Hospital Clí­nico-Quirúrgico «Arnaldo Milián Castro ».

La acusada sustrajo de la Sala B de Cirugí­a tres bulbos de rocephin, un antibiótico de amplio espectro empleado para enfrentar las recurrentes enfermedades respiratorias y de una alta demanda en la actualidad.

Dicho acto delictivo fue detectado y el cuerpo de seguridad de la referida institución médica requisó los bulbos hurtados, procediendo a hacer la denuncia correspondiente.

En tales circunstancias -con el agravante del contexto epidemiológico actual- se actuó con rapidez y el 26 de agosto se llevó a cabo el juicio por la Causa 73/2021, dictándose la mencionada sentencia de privación de libertad subsidiada con trabajo correccional con internamiento; a la cual, la acusada tiene derecho a recurso de apelación en los dí­as hábiles que dicta la ley.

El máster en Derecho Constitucional y Administrativo Erney Machado Acosta, presidente del Tribunal Municipal Popular de Santa Clara, enfatizó que la justicia se atempera al contexto, y el actual es bien complicado, donde personas inescrupulosas se aprovechan para cometer delitos de este tipo y/o otros de mayor cuantí­a.

«Rigor y celeridad, ajustado a cada caso en particular y con apego al Código Penal vigente, ha sido nuestra manera de actuar. La sanción persigue dos fines: represivo y educativo, y a ambos nos atenemos, pues la prevención también resulta muy importante. El llamado es a tomar conciencia ciudadana ante hechos de esta envergadura, y a no empañar con estos actos la hermosa labor que desempeñan los trabajadores de la Salud por salvar las vidas de sus conciudadanos.   Un delito de esta naturaleza es bochornoso y siempre encontrará un máximo de rigor a la hora de juzgarlos »

La pena impuesta por el delito de hurto está tipificada en el artí­culo 322 Apartado 1 del Código Penal vigente referido a la sustracción de bienes de ajena pertenencia con ánimo de lucro y relacionado en el artí­culo 323, que refiere que el monto de la sanción es de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas si los bienes sustraí­dos son de limitado valor.

En este caso, un medicamento que el estado subsidia y emplea de manera gratuita, pero que en el mercado negro alcanza precios exorbitantes.

La población repudia estos hechos y debe confiar que ante delitos de esta í­ndole siempre se impondrá con rigor la ley.

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