Aprueban paquete legislativo para las telecomunicaciones y el uso del espectro radioeléctrico

Las normas jurí­dicas aprobadas ratifican el objetivo del Gobierno cubano de contribuir al desarrollo polí­tico, económico y social mediante la modernización de las infraestructuras de telecomunicaciones.

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Wilfredo López Rodríguez, director de regulaciones del Ministerio de Comunicaciones de Cuba.
(Foto: Daniella Pérez Muñoa)
ACN
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17 Agosto 2021

La Habana, 17 ago (ACN).  La Gaceta Oficial No. 92 Ordinaria de 2021  publicó hoy un nuevo paquete de normativas jurí­dicas que regularán las telecomunicaciones, las tecnologí­as de la información y la comunicación (TIC) y el uso del espectro radioeléctrico en Cuba.

Al grupo de instrumentos legales lo guí­an el Decreto-Ley No. 35 de las Telecomunicaciones, las Tecnologí­as de la Información y la Comunicación y del Uso del Espectro Radioeléctrico, la primera norma jurí­dica de rango superior aprobada en Cuba sobre el tema y a la cual se le asigna una mayor jerarquí­a e importancia por su transversalidad en los procesos de la sociedad, explicaron especialistas del Ministerio de Comunicaciones (Mincom), organismo encargado de regular controlar y atender esos servicios en el paí­s.

El pronunciamiento legal y sus normas complementarias ratifican los objetivos del Gobierno cubano de contribuir al desarrollo polí­tico, económico y social mediante la modernización de las infraestructuras de telecomunicaciones, y promover a la par el progreso armónico y ordenado de las redes y las TIC.

Wilfredo López Rodrí­guez, director de regulaciones del Mincom, refirió a la prensa que en las normativas publicadas este martes en Gaceta se define como Servicio

Universal de Telecomunicaciones al conjunto de prestaciones que constituyen un derecho para todos los usuarios finales con independencia de su localización geográfica, a un precio y con una calidad determinada.

El servicio telefónico fijo y móvil terrestre celular, el acceso a Internet, el servicio de radiodifusión sonora y de televisión, el acceso a cabinas y estaciones telefónicas públicas, el alcance gratuito a las llamadas de emergencia y la aplicación de condiciones preferenciales para personas con necesidades especiales, componen el Servicio Universal de Telecomunicaciones.

López Rodrí­guez dijo a la prensa que la normativas plantean que los servicios privados de telecomunicaciones (aquellos establecidos por cualquier persona natural o jurí­dica para uso propio) solamente pueden ser brindados a terceros con la autorización del Mincom.

Asimismo, explicó que otra de las cuestiones fundamentales del paquete de medidas es fomentar el desarrollo de la infraestructura del sistema de radiocomunicación móvil terrestre troncalizada digital de banda ancha, con el fin de dar una respuesta priorizada a los servicios del Gobierno, empresas estatales y cooperativas.

A su vez, las personas naturales y jurí­dicas tendrán acceso a los servicios de difusión de la señal de televisión por cable (CATV) en aras de maximizar la rentabilidad de las redes instaladas.

El paí­s tiene la señal de televisión por cable que se ofrece al turismo y algunas personas jurí­dicas, con una infraestructura creada que está subutilizada; donde estén ubicadas esas condiciones se podrá ofrecer el servicio a más personas jurí­dicas y naturales, a partir de la infraestructura ya existente, remarcó el director de regulaciones del Mincom.

Además, en el paquete legislativo sobresale la misión de incorporar de manera progresiva nuevos servicios alternativos a los tradicionales de voz, que garanticen mayores ofertas a los cubanos.

Asimismo se establece como cuestión fundamental en la legislación la necesidad de diversificar las ví­as de conectividad internacional por cable submarino o satelital, para satisfacer las demandas progresivas y de seguridad que requieren los servicios nacionales.

En ese sentido, las regulaciones disponen también mantener de forma centralizada la gestión del espectro radioeléctrico, que asrgure un uso más eficiente y eficaz del mismo, teniendo en cuenta que constituye un recurso de carácter escaso y limitado sobre el cual el Estado ejerce su soberaní­a.

Las normativas accesorias de 2021 que complementan el Decreto-Ley No. 35 son:

  • Decreto 42 que aprueba el Reglamento General de las Telecomunicaciones y las TIC.
  • Decreto 43 sobre el Uso del Espectro Radioeléctrico.
  • Resolución 108 que aprueba el reglamento de interconexión, acceso e instalaciones esenciales de redes de telecomunicaciones.
  • Resolución 107 que dispone las regulaciones para el uso de los servicios de radiocomunicaciones por satélites.
  • Resolución 105 sobre el modelo de actuación nacional para la respuesta a incidentes de ciberseguridad.

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