
Con argumentos que entrelazan la realidad demográfica del país, la formación técnica de los jóvenes y la autonomía sindical, trabajadores del sector de la Electrónica, la Informática y las Comunicaciones en Villa Clara participaron en la consulta del anteproyecto del Código de Trabajo, en una jornada desarrollada en los Joven Club.
Uno de los puntos más debatidos fue el artículo 200, que establece que la capacidad jurídica para establecer relaciones de trabajo se adquiere al cumplir los 18 años de edad, y su complemento, el artículo 201, que permite excepcionalmente la incorporación de adolescentes entre 15 y 17 años, con autorización institucional y consentimiento familiar.
Según declarantes del público, esta disposición «no se ajusta a la realidad formativa del país, donde muchos jóvenes concluyen estudios técnicos antes de los 18 años y desean incorporarse al trabajo». Se propuso eliminar la excepcionalidad y reconocer como derecho pleno la posibilidad de contratación desde los 15 años, sin necesidad de autorización adicional, siempre que el joven haya concluido su formación como obrero calificado o técnico medio.
También se sugirió que «se realice un estudio nacional sobre la edad promedio en que se gradúan los obreros calificados, para ajustar la legislación a esa realidad». Otro participante señaló que «la administración no debería impedir la contratación de un joven de 17 años si cumple con los requisitos técnicos, pues eso limita su desarrollo y autonomía».
El secretario provincial del sindicato, Daniel Herreras Torres, reconoció que «varios trabajadores coincidieron en que este artículo les marcó profundamente, y propusieron que el acceso al empleo sea un derecho desde los 15 años, sin requerir permisos parentales ni institucionales, siempre que se cumpla el perfil técnico».
Otro eje de debate fue el artículo 123, referido al pago de vacaciones. El texto actual establece que el salario correspondiente se abona antes de iniciar el período vacacional. Sin embargo, los trabajadores propusieron añadir la frase «en consulta previa con el trabajador», para que este pueda decidir si prefiere recibir el pago antes o después de disfrutar sus vacaciones. «Hay quienes prefieren cobrar después, para no quedarse sin salario el mes siguiente», argumentaron.
En cuanto al artículo 177, que regula la reincorporación laboral tras la jubilación, se cuestionó el requisito de cinco años para que el trabajador reincorporado reciba beneficios de Seguridad Social. «Hay personas que desean trabajar dos o tres años más, y no alcanzan ese límite. No deberían seguir pagando seguridad social si no van a recibir el beneficio», señalaron participantes. Se propuso sustituir la palabra «obligado» por «opcional», y analizar cada caso de forma individual.
Además, se planteó que «las empresas deberían tener mayor flexibilidad para acordar con los trabajadores los términos de contratación, incluyendo vacaciones, horarios y condiciones específicas, siempre en consulta con la sección sindical».
Herreras Torres valoró como «enriquecedor» el debate, y destacó que «todos los trabajadores estudiaron el anteproyecto, opinaron con conocimiento y propusieron modificaciones concretas que reflejan la realidad del sector».