Trasladan descanso  del domingo 10 de octubre para el lunes 11

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) informó sobre el tratamiento aplicable por el 10 de Octubre, dí­a de conmemoración nacional por celebrarse el inicio de las guerras por la independencia de Cuba.

Compartir

Tomado de la edición digital del periódico Trabajadores
829
07 Octubre 2021

En vistas a que el presente año la fecha histórica coincide con un domingo, el el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) puntualizó que se trasladará el descanso dominical para el lunes 11 octubre, conforme lo previsto en el artí­culo 94 de la Ley 116, Código de Trabajo, del 20 de diciembre de 2013.

Logo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.Ese organismo cubano anunció que corresponde aplicar a los trabajadores que laboran el domingo, el pago doble del salario por todas las horas trabajadas, según el tratamiento salarial establecido en el artí­culo 111 del Código de Trabajo.

En tanto, el lunes 11 de octubre, recesan las actividades laborales excepto las labores relacionadas con la zafra azucarera y otros trabajos agrí­colas urgentes, industrias de procesos de producción continua, labores inaplazables de carga y descarga; servicios de transporte y su aseguramiento técnico indispensable.

El MTSS resaltó que continuarán funcionando los servicios hospitalarios y asistenciales, farmacias, expendios de combustible, funerarias, jardines vinculados con estas y cementerios, servicios de hospedaje, centros turí­sticos, comunicaciones, transmisiones de radio y televisión, servicios públicos básicos, actividades de pesca y otras autorizadas por la ley en cuyo caso, se abona el salario correspondiente a un dí­a de trabajo.

En cuanto a los trabajadores que se encuentran disfrutando de vacaciones anuales pagadas, licencias no retribuidas, subsidios de seguridad social o garantí­as salariales por los conceptos previstos en la ley, continúan recibiendo dicho tratamiento, concluyó el órgano ministerial.

Comentar