Trabajo por cuenta propia. Cambios a la vista

Las nuevas regulaciones del trabajo por cuenta propia (TCP) han suscitado varias dudas en la población en cuanto a su implementación.

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Transportistas por cuenta propia en Cuba.
(Foto: Ramón Barreras Valdés)
Liliet barreto Hernández y Andy Rodrí­guez Sánchez
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05 Noviembre 2018

Con la ampliación de las posibilidades del trabajo por cuenta propia (TCP) en octubre de 2010, esta forma de empleo ha tenido un sostenido crecimiento en nuestra provincia y en el paí­s.

Con el propósito de lograr ajustes de las actividades existentes, así­ como cambios en requisitos y obligaciones, reglas jurí­dicas y prácticas tributarias, el pasado 15 de julio se publicaron en la Gaceta Oficial Extraordinaria no. 35 las normas que implementan la polí­tica para el perfeccionamiento del TCP en Cuba.

Estas nuevas regulaciones se pondrán en vigor el 7 de diciembre del año en curso, 150 dí­as después de la publicación de dicha Gaceta. A pesar de que el documento se encuentra al alcance de la población y se han trasmitido diferentes intervenciones de los entes rectores en los medios de comunicación masiva, muchas de las dudas que estos cambios han suscitado continúan sin una clara respuesta.

Por ello, Vanguardia indagó sobre algunas de las principales inquietudes de los santaclareños en relación con un tema que tendrá seguimiento informativo.    

Cambios para el cuentapropismo  

Las 201 actividades permisibles quedarán agrupadas en 123, lo cual no significa la supresión de ninguna de ellas, sino su reordenamiento. Todas las formas de cuentapropismo deben pasar por un nuevo proceso de reinscripción a partir de la fecha fijada. Por otra parte, se reanudará el otorgamiento de las 27 licencias que estaban congeladas hasta el momento.

No se suprime ninguna actividad por cuenta propia:

Las 201 autorizadas ahora se agrupan en 123.

Una de las modificaciones resulta la creación de nuevas licencias. Surgen figuras vinculadas a la elaboración de alimentos y expendio de bebidas, tales como: servicios gastronómicos y restaurantes, y bar y recreación. En lo referente a este tipo de servicios solo se podrá ejercer uno de ellos en el mismo domicilio. Se crean, además, las actividades de panadero-dulcero y de arrendador de medios de transporte.

Otro de los cambios establece que las personas tendrán autorización para ejercer una sola forma de trabajo por cuenta propia. «Soy propietario de un bar y también tengo patente para carro, que por cierto es la segunda más alta de todas. Ahora debo deshacerme de una de ellas. Voy a pasar el carro a nombre de mi hermano, y este se convertirí­a en titular del auto », así­ expresó Liván Puebla Monteagudo, dueño del bar M. Happy, de Santa Clara.  

Queda suspendido el otorgamiento de licencias de vendedor mayorista   y minorista de productos agropecuarios; carretillero o vendedor de productos agrí­colas de forma ambulatoria, comprador vendedor de discos y operador de equipos de recreación (para los equipos rústicos).  

Trabajo por cuenta propia en la gastronomí­a.
(Foto: SMB)

Asimismo, los arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios podrán alquilar no solo a personas naturales, sino también a personas jurí­dicas (empresas, organismos, organizaciones). En caso de ausentarse, por viaje al extranjero u otra causa, el titular de un negocio podrá nombrar a un representante entre los empleados de este.

«Aprecio incongruencias en la visión del trabajo por cuenta propia como proyecto familiar que, a mi entender, es la base de la mayorí­a de los negocios de este tipo. Me obliga a que mis familiares sean mis trabajadores, no me veo contratando a mi esposa para que atienda a los clientes, cuando ella es copropietaria de nuestro hogar », aseguró Maikel Espinosa Quiñones, hostalero por más de cuatro años.  

Preparando el terreno  

«Se les orientará a los trabajadores los dí­as que les corresponda reinscribirse, porque deben presentar una serie de documentos, y en algunas actividades, la reinscripción no la otorga el municipio. Un vicepresidente del Consejo de la Administración en cada territorio es el rector de este grupo de trabajo.

«En el próximo mes comenzamos los recorridos, en los cuales los vicepresidentes nos presentarán su estrategia en cada localidad. Los municipios de Santa Clara, Placetas y Camajuaní­ son muy complejos por la cantidad de trabajadores por cuenta propia que poseen », expresó Raisa Puerto Rodrí­guez, al frente de la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.

Bar por cuenta propia en Santa Clara.
(Foto: SMB)

Para informar a los implicados se han realizado seminarios, en los cuales los funcionarios de las entidades rectoras del proceso capacitan a los trabajadores por cuenta propia. «Todas las inquietudes emanadas de los seminarios se han recogido, lo cual no varí­a el término en que comenzarán a aplicarse estas nuevas disposiciones. En dependencia de nuestras posibilidades hemos esclarecido las dudas, pero hay algunas, como la relacionada con la cuenta bancaria, que se enviaron a La Habana y estamos a la espera de una respuesta », confirmó Puerto Rodrí­guez.

«Cuando comenzamos el intercambio, en los seminarios pude apreciar un dominio básico de la información. Obviamente, los especialistas cumplen un papel de transmisores, pero hay muchas lagunas, lo cual puede traer consigo interpretaciones erróneas de la ley y, por ende,   deficiencias en su aplicación », expresó Espinosa Quiñones.

La asistencia a estos encuentros ha sido del 89,7 %, lo que demuestra el interés de los que ejercen el TCP por informarse acerca de las nuevas regulaciones. No han concluido los seminarios en los municipios de Placetas, Caibarién, Camajuaní­ y Santa Clara.  

De las cuentas bancarias  

La Resolución no. 197 del 2018 plantea que los trabajadores por cuenta propia que ejercen las actividades de servicios gastronómicos en restaurantes, cafeterí­as, bares y recreación; arrendador de vivienda, habitaciones y espacios, así­ como servicios de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles, quedan obligados a abrir y operar una cuenta bancaria en una sucursal de un banco comercial cubano, radicado en el municipio de su domicilio fiscal.

«Para abrir esta cuenta deben presentar el documento oficial que autoriza el trabajo por cuenta propia, el carné de identidad y el de contribuyente; es decir, los mismos que se necesitan actualmente para abrir una cuenta corriente », aseguró Juana M. Morales Ferrer, subdirectora comercial del Banco Popular de Ahorro (BPA) en la provincia.

Resolución 197/2018 del Ministerio de Finanzas y Precios.
Fragmento de la Resolución 197 de 2018 del Ministerio de Finanzas y Precios.

Al respecto, Yunia Abreu Torres, subdirectora de la Dirección Provincial de Trabajo que atiende el sector no estatal, explicó que después que la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) notifique a las personas, tienen 30 dí­as para abrir dicha cuenta. Este procedimiento resulta obligatorio; los cuentapropistas disponen de 90 dí­as para completar el saldo mí­nimo de esta, que será de tres cuotas tributarias mensuales.

«Lo que sí­ queda claro en la Gaceta es que no aumenta la carga tributaria. Usted debe tener tres mensualidades en su cuenta, y si las utilizó, al cierre del mes posee cinco dí­as para reponer lo que falta. Nuestro sistema automatizado se está preparando para que se agregue una alerta que advierta del uso de esas mensualidades », aseveró Morales Ferrer.

El funcionamiento de la cuenta fiscal no presenta ninguna diferencia con respecto a las funciones de las cuentas corrientes, solo que están sujetas a las regulaciones de la ONAT. En el caso de los cuentapropistas que con anterioridad dispongan de una cuenta corriente, no necesitan abrir una nueva. No obstante, una de las mayores inquietudes es acerca del proceder.  

«En la Gaceta no queda especificado si el depósito del 80 % es diario, semanal o mensual. Dicho depósito fijo, equivalente a tres patentes, estipula que debe reponerse a los cinco dí­as posteriores al cierre del término del mes, y no como afirmaron en el seminario: a los cinco dí­as de haberlos extraí­do », comentó Maikel.

La cuenta puede contener el ciento por ciento de los ingresos, aunque puede utilizarse hasta el 20 % de estos como fondo en efectivo para pagos de menor cuantí­a o imprevistos. Esto no restringe el uso del 80 % restante depositado.

Por su parte, Liván expresa «que con estas regulaciones aumenta el control sobre los ingresos, y el tema de la trazabilidad con el banco nos hará trabajar un poco más, sobre todo por las colas. Supongo que los bares pequeños tengan que hacer una cola cada tres dí­as para realizar los movimientos de la cuenta. Creo que para hacerlo menos complejo se guarde un fondo semanal, que en mi caso no es muy grande, pero en cuanto a los bares con mayores ventas deben realizar una buena programación ».

«De lo que se guardará en la cuenta y cómo se hará no tenemos información hasta el momento. Lo que puedo adelantar es que el banco brindará información sistemáticamente a la ONAT. Nosotros vamos a identificar las oficinas que puedan colapsar en este proceso y, en dependencia de ello, podremos fraccionar la apertura de las cuentas en varias fechas,   variar el horario de atención y crear una oficina anexa que recoja toda la información necesaria antes de pasar al banco a abrir la cuenta », recalcó Morales Ferrer.

A partir de la entrada en vigor de esta norma, la ONAT emite en un plazo de 180 dí­as los procedimientos que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto.

Noviembre será decisivo para esclarecer dudas y ajustar los mecanismos en pos de una satisfactoria aplicación de estas nuevas regulaciones, que atañen a una amplia representación de la población cubana.

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